lunes, 1 de octubre de 2018

Deberes, derechos y garantías en el­ corazón de la ­Constitución

9:56



Uno de los temas de mayor interés para los cubanos en las reuniones de consulta popular del Proyecto de Constitución es el de Deberes, derechos y garantías

La realización de 80 000 reuniones de consulta popular del Proyecto de Constitución, con la asistencia de más de un millón de cubanas y cubanos dentro y fuera del país, revela el interés reinante en torno a su contenido y la confianza de que los criterios vertidos contarán también en su redacción final.

Tan categórico respaldo en ejercicio democrático y soberano, reafirma a su vez la medular definición que le concediera el Primer Secretario del Comité Central del Partido, General de Ejército Raúl Castro Ruz, en el acto central por el aniversario 65 del asalto a los cuarteles Moncada y Carlos Manuel de Céspedes:

«La Constitución de la República es la ley fundamental sobre la cual se asienta el Estado y, por tanto, es el fundamento jurídico y político más importante de cualquier país, ya que define los fundamentos de la nación, la estructura de los poderes y su alcance, así como garantiza los derechos y deberes de los ciudadanos».

Precisamente este último aspecto, consignado en el Título iv: Deberes, derechos y garantías, se encuentra entre los que mayores expectativas han suscitado, pues como expusiera a Granma la Doctora en Ciencias Jurídicas, Martha Loyda Zaldívar Abad, el núcleo duro, el corazón de los textos constitucionales, tiene que ver con el catálogo de deberes, de derechos y garantías.

«El hecho es –refiere la Profesora Titular de Derecho Constitucional y Teoría General del Estado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente– que sin demeritar el resto del importante contenido, a los ciudadanos les gusta más por naturaleza escuchar el respeto a sus derechos y a sus garantías, que la atención a sus deberes.

«Esto pasa en todo el mundo y especialmente en Cuba, donde la Revolución siempre ha respetado los derechos, ha tenido en su centro la dignidad de las personas y les ha otorgado garantías jamás soñadas, de ahí que dado ese vínculo jurídico-político del ciudadano cubano con el Estado, se diga que la Constitución es el reflejo de la sociedad».

Sobre esa base, tan pronto la reunión del Órgano de Inmigración y Extranjería, del Ministerio de Interior en la provincia santiaguera, abordó el citado Título, la mayor Melba Luna argumentó ante el enunciado del Artículo 40. «Todas las personas son iguales ante la ley…», que su contenido íntegro sustenta el postulado martiano «con todos y para el bien de todos».

«Estamos –añadió–, frente a un cambio trascendental para la sociedad cubana, donde no se pueden dejar cabos aislados, y junto a plantearse la protección a la familia, la maternidad, la paternidad y el matrimonio, se precisan ­responsabilidades y obligaciones en la conducta, la formación de los hijos y la atención de estos a sus padres».

Motivado por ese reclamo hacia los padres, el suboficial Ángel Luis Silva señaló que no fue criado por los suyos, «no los tuve a mi lado en mi niñez ni en mi juventud, pero hoy son dos ancianos, los tengo conmigo sin rencor alguno, y todos los días siento la satisfacción de ver cuánto me valoran».

Similar posibilidad de emitir su criterio tuvo Ariel García en la Fábrica de Cerveza Hatuey, cuando tras ponderar las garantías de seguridad jurídica que reserva el Artículo 48, sugirió agregar en el párrafo 158 que ese derecho a «recibir asistencia jurídica para ejercer su defensa» se materialice desde el mismo momento de la detención de la persona.

Tomado de Granma  


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